TUCUMÁN: Tucumán ya tiene su nueva Ley de Educación

Los legisladores votaron ayer la norma a partir de la cual pierde vigencia el polémico EGB3. Desde 2011 serán 13 los años de educación obligatoria y 180 los días de clase por año.
Desde ayer Tucumán tiene una nueva Ley de Educación, con la cual se trata de imprimir un modelo educativo capaz de mejorar la calidad del sistema. Así lo dejaron entrever los parlamentarios defensores de la norma, que fueron los más, y que terminaron votando positivamente a la misma para transformarla en ley. Con ella, terminó la vigencia del polémico EGB 3 y se impulsa el cumplimiento de los 13 años de escolaridad obligatoria, a partir el último año de Educación Inicial, hasta completar la secundaria.
La nueva modalidad prevé la Educación Inicial como una unidad pedagógica y comprende dos ciclos: El Jardín Maternal, destinado a niños de tres a cinco años, siendo obligatorio el último año.
La Educación Primaria tendrá una duración de seis años, divida en dos ciclos de tres años cada uno, mientras que el nivel secundario, que es obligatorio, constituye una unidad pedagógica y organizativa de seis años de duración como mínimo y pueden ingresar a ella quienes hubieran cumplido con la Educación Primaria.
Por último, la Educación Superior comprende los Institutos de Educación Superior, de Formación Docente y de Formación Técnica, de gestión estatal y privada, regulados por la normativa nacional y provincial.
En la sesión de ayer, que estuvo conducida por el presidente subrogante de la Legislatura, Regino Amado, también se aprobaron leyes sustantivas del sector tales como Fondo Nacional para el Incentivo Docente, Educación Técnico Profesional, Protección Integral y Derechos a Niños y Adolescentes, Financiamiento Educativo, Educación Sexual, Educación Nacional y 180 días de clases. Presenció el desarrollo del debate la Ministra de Educación, Silvia Rojkés de Temkin.
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Alumnas embarazadas
Al tiempo de sostener que las acciones educativas son responsabilidad de la familia, la nueva ley asegura el acceso y la permanencia en el Sistema Educativo de las alumnas en estado de gravidez, así como la continuidad de sus estudios luego de la maternidad, evitando cualquier forma de discriminación que las afecte.También el derecho de los padres a elegir el tipo de educación que recibirán sus hijos, según sus propias convicciones, y que se incluya dentro de los horarios de clase la enseñanza del credo en el que se los educa en los hogares, asegurando la igualdad para todas las confesiones religiosas reconocidas oficialmente.
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Protestas gremiales
De todos modos y más allá de la supremacía ejercida por el oficialismo al momento de votar y a pesar que el debate del proyecto de ley tuvo un extenso tratamiento, hubo sectores gremiales que no sólo ejercieron sus críticas sino que manifestaron ayer en las adyacencias de la sede del Poder Legislativo.El reclamo predominante y hasta coincidente resaltaba la conveniencia de que el tratamiento sea postergado para el 2011.
Los dirigentes de ATEP Diego Toscano y Doly Gutiérrez Falcón, advirtieron que ni las autoridades ni los gremios hicieron consultas a la docencia.
NIVELES EDUCATIVOS INCLUIDOS EN LA LEY
Formación docente
La formación docente incluida en el artículo 38 de la norma, se define como parte constitutiva del nivel de Educación superior y tiene como funciones la formación docente inicial, la formación docente continua, el apoyo pedagógico a las escuelas y la investigación educativa.
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Educación Técnica Profesional
La Educación Técnica Profesional es la modalidad responsable de la formación de técnicos medios y técnicos superiores en áreas ocupacionales específicas y de la Formación Profesional, en concordancia con la presente Ley y la Ley de Educación Técnica y Formación Profesional Nº 26.058.
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Educación Artística
La Modalidad de Educación Artística es la destinada a fortalecer los saberes y las capacidades vinculadas al arte y la cultura, enfocándose en los distintos lenguaje, técnicas y disciplinas artísticas, tanto para el campo de la creación como para la enseñanza. Debe garantizar la profundización y la especialización.
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Educación Física
La Modalidad Educación Física intensifica la enseñanza en las distintas disciplinas del campo de lo corporal y la motricidad, ofrece una formación que promueve el cuidado del cuerpo y la salud y fortalecer el desarrollo de las bases motoras comunes de la actividad física y los deportes.
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Educación Especial
La Educación Especial es la modalidad del sistema educativo destinada a asegurar el derecho a la educación de las personas con discapacidades temporales permanente, en todos los niveles del Sistema Educativo, que se rige por los principios de inclusión educativa e integración este tipo de alumnos.
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Educación de Jóvenes y Adultos
La Educación Permanente de Jóvenes y Adultos es la modalidad educativa destinada a brindar posibilidades de educación a lo largo de toda la vida y a garantizar la alfabetización y el cumplimiento de la obligatoriedad escolar a quienes no la hayan completado en la edad establecida reglamentariamente.
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Educación Rural
La Educación Rural es la modalidad del Sistema Educativo destinada a garantizar el cumplimiento de la escolaridad obligatoria a través de formas adecuadas a las necesidades y particularidades de la población que habita en zonas rurales y según los criterios específicos que adopte la Autoridad Educativa.
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Educación para detenidos
La Educación en contextos de privación de la libertad es la modalidad del Sistema Educativo destinada a garantizar el derecho a la educación de todas las personas privadas de libertad, para promover su formación integral y desarrollo pleno, sin limitación ni discriminación alguna, vinculada a la situación de encierro.
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Educación a distancia
La Educación a Distancia es la opción pedagógica y didáctica en la que la relación docente-alumno se encuentra separada en el tiempo y/o en el espacio durante todo o gran parte del proceso educativo, en el marco de una estrategia pedagógica integral que utiliza soportes materiales y recursos tecnológicos.
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Educación no formal
La Educación no formal, incluida en el artículo 77, es la formación alternativa o complementaria a la Educación Formal que abarca actividades y procesos educativos organizados y sistemáticos, cuya meta es brindar una educación en diversas áreas de la vida social, cultural o laboral para la inserción social activa.
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Educación Domiciliaria
La Educación Domiciliaria y Hospitalaria es la modalidad que garantiza el derecho a la educación de los alumnos que, por razones de salud, se ven imposibilitados de asistir con regularidad a una institución educativa en los niveles de la Educación Obligatoria, por períodos de 30 días corridos o más.
FUENTE: Diario EL SIGLO

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